Para los hijos de ciudadanos estadounidenses nacidos fuera de Estados Unidos, obtener la ciudadanía involucra pasos específicos. Aquí, explicaremos los procedimientos y normativas esenciales para que estos niños puedan ser reconocidos como ciudadanos, ya sea que residan dentro o fuera de Estados Unidos.
¿Cómo obtienen la ciudadanía americana los hijos nacidos en el extranjero?
- Obtención de ciudadanía al nacer: Si un niño nace fuera de EE. UU. de al menos un padre ciudadano estadounidense, puede obtener automáticamente la ciudadanía. Esto requiere que el padre ciudadano haya vivido en EE. UU. durante un tiempo determinado antes del nacimiento del niño.
- Obtención de ciudadanía después del nacimiento: Los niños nacidos en el extranjero que inicialmente no obtienen la ciudadanía pueden hacerlo antes de los 18 años si viven en EE. UU. con un padre ciudadano estadounidense y tienen estatus legal permanente.
Definición de «Hijo» para propósito de ciudadanía
La ley de EE. UU. define a un «hijo» para propósitos de ciudadanía como el hijo biológico, legitimado o adoptado de un ciudadano estadounidense. También incluye a los hijos de madres ciudadanas estadounidenses no genéticas que son reconocidas por la jurisdicción pertinente como la madre legal del niño.

Hijos de ciudadanos estadounidenses que residen en Estados Unidos
Los niños nacidos en el extranjero pero que viven en EE. UU. adquieren automáticamente la ciudadanía bajo la Sección 320 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) cuando:
- Tienen al menos un padre ciudadano de EE. UU.
- Son menores de 18 años.
- Son residentes legales permanentes.
- Residen en EE. UU. bajo la custodia legal y física del padre ciudadano
Hijos de ciudadanos estadounidenses que residen fuera de Estados Unidos
Los niños que residen fuera de EE. UU. pueden obtener la ciudadanía bajo la Sección 322 de la INA. Para ello, deben cumplir ciertos requisitos, como:
- Tener al menos un padre ciudadano de EE. UU.
- El padre ciudadano debe cumplir con ciertos requisitos de presencia física en EE. UU.
- Ser menores de 18 años.
- Vivir fuera de EE. UU. en la custodia legal y física del padre ciudadano.
- Estar legalmente admitidos y mantener un estatus legal en EE. UU. al momento de aprobarse la solicitud y en el momento de la naturalización.
Los hijos de ciudadanos estadounidenses nacidos en el extranjero tienen vías claras para adquirir la ciudadanía, independientemente de si residen dentro o fuera de EE. UU., siempre que se cumplan ciertos requisitos legales y de residencia.